Herramientas para la identificación, evaluación, gestión y comunicación responsable de investigaciones de interés de doble uso
La investigación de doble uso (DURC) es una investigación de ciencias biológicas que, según el conocimiento actual, se puede anticipar razonablemente que proporcionará conocimientos, información, productos o tecnologías que podrían aplicarse directamente de manera incorrecta y representar una amenaza significativa con amplias consecuencias potenciales para la salud pública. y seguridad, cultivos agrícolas y otras plantas, animales, el medio ambiente, material o seguridad nacional.
Investigación de doble uso: un diálogo
Este video educativo fue producido por los Institutos Nacionales de Salud (Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU.) para crear conciencia y comprensión sobre el tema de la investigación en ciencias biológicas de doble uso.
https://www.youtube.com/watch?v=0yS1ur24j40
La supervisión eficaz de DURC se basa en identificar DURC y sus riesgos asociados y luego idear formas de mitigar estos riesgos. Según ambas políticas del Gobierno de los Estados Unidos sobre DURC, este proceso comienza con la identificación de la investigación que involucra directamente a 1 o más de los 15 agentes enumerados. Cualquier investigación de este tipo que se identifique debe evaluarse para determinar si produce, pretende producir o se puede anticipar razonablemente que producirá uno o más de los siete efectos experimentales enumerados. Las dos políticas difieren en cuanto a la entidad responsable de la identificación y revisión de la investigación que cae dentro de este alcance: según la Política DURC de marzo de 2012, esto es responsabilidad de las agencias de financiación federales; Según la Política de Supervisión Institucional de DURC, esto es responsabilidad de las instituciones de investigación, que incluyen IP e IRE.
REFERENCIA:
La supervisión eficaz de DURC se basa en identificar DURC y sus riesgos asociados y luego idear formas de mitigar estos riesgos. Según ambas políticas del Gobierno de los Estados Unidos sobre DURC, este proceso comienza con la identificación de la investigación que involucra directamente a 1 o más de los 15 agentes enumerados. Cualquier investigación de este tipo que se identifique debe evaluarse para determinar si produce, pretende producir o se puede anticipar razonablemente que producirá uno o más de los siete efectos experimentales enumerados. Las dos políticas difieren en cuanto a la entidad responsable de la identificación y revisión de la investigación que cae dentro de este alcance: según la Política DURC de marzo de 2012, esto es responsabilidad de las agencias de financiación federales; Según la Política de Supervisión Institucional de DURC, esto es responsabilidad de las instituciones de investigación, que incluyen IP e IRE.
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